Ejecutivo termina anteproyecto de ley para crear el Ministerio de Justicia y explica funciones
El consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, informó que ya tiene «un anteproyecto de ley que configura al Ministerio de Justicia como órgano de planificación, dirección, coordinación y ejecución de las atribuciones delegadas por la Constitución y las leyes al Poder Ejecutivo para la colaboración funcional y administrativa al Sistema de Justicia”.
La mañana de este jueves, Peralta realizó el último encuentro con la sociedad civil para socializar el texto y presentó las funciones que fueron atribuidas al Ministerio de Justicia y los cinco ministerios que lo conformarían.
«En fiel cumplimiento del principio de separación de poderes previsto en el artículo 4 de nuestro texto constitucional, hemos plasmado en el anteproyecto de ley que el Ministerio de Justicia cumplirá su objeto sin interferir en la independencia de los demás órganos y entes del Estado que integran el Sistema de Justicia en el ejercicio de sus respectivas funciones”, explicó el abogado.
Quedaría integrado por cinco viceministerios: Viceministerio de Atención y Colaboración al Sistema de Justicia, que coordinaría la atención y colaboración brindada desde el Poder Ejecutivo al sistema de justicia; Viceministerio de Representación Procesal, que coordinaría, en los casos que corresponda, la representación del Estado y la Administración Pública en las sedes jurisdiccionales de su competencia, así como los foros arbitrales y de otros otros medios alternativos para la solución de conflictos.
Además, un Viceministerio de Derechos Humanos, con la función de coordinar el Sistema Nacional de Derechos Humanos, contemplado en el anteproyecto, así como las políticas públicas en materia de derechos humanos. También instrumentará la respuesta a los requerimientos normativos, procesales y documentales de los organismos internacionales de derechos humanos.
El Viceministerio de Políticas Penitenciarias y Correccionales coordinará el Sistema Penitenciario y Correccional y las políticas públicas penitenciarias y correccionales; mientras que el Viceministerio de Asuntos Registrales y Servicios a la Ciudadanía coordinará la administración y certificación de los asuntos registrales asignados a su competencia, así como la articulación eficiente de los servicios a la ciudadanía bajo su cargo.
Cárceles y el Inacif
En adición, el ministerio tendrá bajo su adscripción órganos autónomos y descentralizados, como lo son la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales, el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) y el Procurador General Administrativo, a la vez que contará con dependencias desconcentradas, como el Instituto Especializado de Estudios Penitenciarios y Correccionales, entre otros.
La nueva entidad coordinaría el Sistema de Servicios Penitenciarios y Correccionales y las políticas públicas penitenciarias y correccionales, hasta coordinar la administración y certificación de los asuntos registrales asignados actualmente al Ministerio Público, tal como lo es el registro de las asociaciones sin fines de lucro.
Antoliano Peralta aseguró que esta propuesta viene a reafirmar el compromiso de la actual Administración, no solo con la independencia del Ministerio Público, sino también con hacer de este órgano del sistema de justicia un instrumento más ágil en el cumplimiento de sus atribuciones procesales naturales.
Historia
Antoliano Peralta relató los antecedentes del Ministerio de Justicia en la historia dominicana.
«El artículo 109 de la Constitución de San Cristóbal, del 6 de noviembre de 1844, instituyó el “ministro secretario de Justicia”, al cual la Ley núm. 38, del 6 de noviembre de 1845, le confirió sus funciones».
«En 1931 mediante la Ley núm. 79 fue suprimida la Secretaría de Estado de Justicia, Instrucción Pública y Bellas Artes, siendo restablecida en 1934 a través de la Ley núm. 173, que dentro de las competencias que se le otorgaron en aquel entonces se destacan la defensa del Estado en casos litigiosos, la administración de los locales para tribunales, la inspección de establecimientos carcelarios, inspección del registro de propiedad, así como organizar y reglamentar el Estado civil».
«El 24 de diciembre de 1955 fue promulgada la ley 4177 mediante la cual se le transfirieron las funciones relativas al sector trabajo a la Secretaría de Justicia, pasando a llamarse Secretaría de Estado de Justicia y Trabajo».
«El 10 de noviembre de 1964, con la ley núm. 485, se suprime la Secretaría de Estado de Justicia y se pasan sus atribuciones a la Procuraduría General de la República, lo cual se mantiene hasta la actualidad».
Participantes
Servio Tulio Castaños Guzmán, de la Fundación Institucionalidad y Justicia, y Rosalía Sosa, de Participación Ciudadana, mostraron su apoyo a la propuesta confiados en que se lograría mayor independencia del Ministerio Público.
El presidente Abinader instruyó a la Consultoría a iniciar un proceso de intercambio y consulta con las entidades académicas, gremios profesionales y empresariales, así como asociaciones ligadas a la práctica jurídica, para presentar este proyecto de ley el próximo 27 de febrero en el Congreso Nacional.
También se ha venido socializando con los poderes públicos y órganos del Estado que se verán impactados con las competencias que se atribuían al eventual Ministerio de Justicia.