Amnistías fiscales: ¿Incentivo a la evasión o estrategia tributaria?

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Las amnistías fiscales son “oportunidades excepcionales” y transitorias que los gobiernos aplican para regularizar bienes no declarados, así como actualizar obligaciones tributarias relativas a uno o más períodos fiscales anteriores. Esto, a cambio de una condonación en el monto original o en los intereses o sanciones.

A modo general, se hacen por tipo de impuesto y contribuyente o de carácter general. En las últimas décadas en República Dominicana se han realizado cuatro amnistías fiscales. La más reciente y parcial, no general, se hizo en el 2020-2021.

Sin embargo, este instrumento no es algo nuevo ni exclusivo de este país. En América Latina y el Caribe se ha hecho uso extensivo de las amnistías en las últimas décadas.

Los motivos de su aplicación son diversos: recaudar ingresos fiscales a corto plazo, regularizar situaciones fiscales de tipo “borrón y cuenta nueva” para contribuyentes con bajo o nulo cumplimiento tributario, aliviar episodios de devaluación cambiaria aguda y aumentar el nivel de cumplimiento voluntario, entre otros.

Pero ¿cuándo es oportuno realizarla? Para la economista y extitular de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), Germania Montás, la respuesta es contundente: “dependiendo de las circunstancias”.

Montás ve viable el perdón fiscal en contextos como el vivido actualmente por la pandemia del covid-19, para acelerar el cobro de deudas, cuya recuperación es de dudosa legalidad. Esto, previo a un proceso de aplicación de medidas o programas drásticos de anti evasión, o para favorecer una transición entre una etapa legislativa y otra con diferencias significativas.

Asegura que en momentos “inadecuados” puede generar una señal negativa a quienes sí cumplen con sus tributos. El economista Antonio Ciriaco Cruz también coincide en este punto, al considerar que las amnistías no son recomendables, salvo excepciones, ya que penalizan a las empresas o agentes que son eficientes y cumplidores en el pago de sus impuestos.

Entiende que pese a sus beneficios, tiene altos riesgos de percepción por parte de quienes pagan puntualmente. No obstante, el también vicedecano de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), resalta su función inmediata en el aumento de las recaudaciones del Estado.

Impacto de las amnistías fiscales

Desde el punto de vista práctico, la DGII mira el impacto de las amnistías fiscales en base a los números arrojados. La primera amnistía fiscal en el país fue en el 2001 bajo la Ley 11-01, la cual recaudó RD$1,714.7 millones; en el 2007 a través de la Ley 183-07, con ingresos que ascendieron a RD$3,529.5 millones; en el 2012, la Ley 309-12 recaudó RD$5,586.0 millones, en cuatro años.

En tanto, la Ley 46-20 de Transparencia y Revalorización Patrimonial, recaudó RD$29,020.8 millones, cifra histórica desde su entrada en vigor hasta noviembre de 2021.Del monto recaudado por esta ley, un total de RD$23.347.92 millones ingresaron en el 2021. Al 31 de diciembre del 2020 había recaudado RD$5,672.85 millones.

En el 2021 se registró el 80.5% del total recaudado por la Ley 46-20, mientras que el porcentaje restante fue en 2020.

Características

La Ley 11-01 se creó con el objetivo de promover que el contribuyente cumpla cabalmente y de forma transparente con sus obligaciones tributarias. De las tres primeras amnistías concedidas es la única que permite la revaluación de activos, según explica la DGII en un documento.

El motivo de su creación declaró la amnistía fiscal para el Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), el Impuesto Sobre la Renta, impuestos selectivos al consumo, corrección de patrimonio e inventario. Liberó a los contribuyentes que de las fiscalizaciones que pudieron realizarse a los periodos amnistiados.

En el caso de la más reciente Ley 46-20, se creó en febrero de 2020 con el objetivo de establecer un régimen tributario especial con carácter transitorio que permitiera a los contribuyentes declarar, revalorizar y efectuar el pago correspondiente, de manera voluntaria y excepcional, ante la DGII. No obstante, su incidencia era baja. A partir de agosto del 2020, mediante una modificación, se logró que resultara atractiva.

¿Incentivo “perverso” o una estrategia tributaria?

Expertos en materia tributaria coinciden en que las amnistías en periodos puntuales traen sus ventajas a corto plazo con el aumento de la recaudación; a mediano plazo, con la entrada de nuevos contribuyentes. No obstante, la frecuencia de esta a largo plazo genera riesgos.

Ejecutivos del Centro Regional de Estrategia Económicas Sostenibles (CREES), han reiterado que si se aplica una amnistía fiscal cada cuatro, cinco o seis años, como ha ocurrido, incentivarán a que los contribuyentes dejen de cumplir con sus obligaciones y esperen a que llegue una amnistía en el futuro.

Analistas del tema explican que los contribuyentes que cumplen con sus obligaciones pueden percibir esta medida como un incentivo a la evasión. Es decir, que a los evasores se les permite cancelar sus compromisos en condiciones más favorables y con menor penalidad.

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